Calculadora de indemnización por despido
Elige el tipo de despido, mete tu sueldo y tus fechas, y mira cuánto te corresponde según la ley, con los topes y el tramo anterior a 2012 incluidos.
Cuánto se paga en cada caso
| Motivo | Días por año | Máximo |
|---|---|---|
| Despido improcedente | 33 | 24 mensualidades |
| Improcedente, tiempo antes del 12/02/2012 | 45 | Hasta 42 mensualidades |
| Despido objetivo o colectivo (ERE) | 20 | 12 mensualidades |
| Fin de contrato temporal | 12 | Sin tope |
| Baja voluntaria | 0 | — |
| Despido disciplinario declarado procedente | 0 | — |
Cómo se calcula
- Salario diario: el sueldo bruto anual, con las pagas extra, dividido entre 365.
- Tiempo trabajado: los años completos más los meses. Un mes empezado cuenta como mes entero.
- Días de indemnización: los días por año que correspondan multiplicados por los años trabajados (con los meses como fracción de año).
- Importe: días de indemnización por salario diario, sin pasar del tope.
El tramo anterior a 2012
La reforma laboral de 2012 bajó la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año. Si tu contrato empezó antes del 12 de febrero de 2012, el tiempo anterior a esa fecha se sigue pagando a 45 días y el posterior a 33. El total no puede superar 720 días de salario, salvo que el tramo antiguo por sí solo ya los supere: en ese caso se paga ese tramo, con un máximo de 42 mensualidades.
Ejemplos con un sueldo de 24.000 € brutos
Salario diario: 65,75 €. Cifras redondeadas, para contratos posteriores a 2012:
| Antigüedad | Improcedente | Objetivo | Fin temporal |
|---|---|---|---|
| 1 año | 2.170 € | 1.315 € | 789 € |
| 2 años | 4.340 € | 2.630 € | 1.578 € |
| 3 años | 6.510 € | 3.945 € | 2.367 € |
| 5 años | 10.849 € | 6.575 € | — |
| 8 años | 17.359 € | 10.521 € | — |
| 10 años | 21.699 € | 13.151 € | — |
| 15 años | 32.548 € | 19.726 € | — |
| 20 años | 43.397 € | 23.671 € (tope) | — |
Qué hacer si te despiden
- Lee bien la carta: debe decir el motivo y la fecha. Si es un despido objetivo, la indemnización tiene que estar a tu disposición al entregártela.
- Firma "no conforme" si no estás de acuerdo. Así confirmas que la has recibido sin renunciar a nada.
- Ojo al plazo: para impugnar un despido tienes solo 20 días hábiles. Primero hay que presentar la papeleta de conciliación.
- Pide ayuda: un sindicato o un abogado laboralista puede revisar si el despido es improcedente. Muchos hacen la primera consulta gratis.
- Pide el paro en los 15 días hábiles siguientes. Puedes ver cuánto te corresponde con la calculadora del paro.
Preguntas frecuentes
¿Hay indemnización si me voy voluntariamente?
No. En una baja voluntaria solo cobras el finiquito, salvo que tu convenio diga otra cosa o que te vayas por un incumplimiento grave de la empresa reconocido por un juez.
¿La indemnización paga IRPF?
La cantidad mínima que marca la ley está exenta hasta 180.000 €. Si la empresa te paga más de ese mínimo, el exceso tributa. Tampoco cotiza a la Seguridad Social.
¿Qué pasa si el despido se declara improcedente?
La empresa elige entre readmitirte, pagándote los salarios que dejaste de cobrar, o pagarte la indemnización de 33 días por año. Si eres representante de los trabajadores, la elección es tuya.
¿Los contratos temporales encadenados cuentan como un solo contrato?
Si se han encadenado contratos en fraude de ley, un juez puede considerar que la relación era indefinida desde el principio, con la antigüedad completa. Consulta con un profesional si es tu caso.
¿Los contratos de interinidad o formativos tienen indemnización?
Los de sustitución (antes, interinidad) y los formativos no tienen la indemnización de 12 días al terminar. El resto de temporales, sí.
Fuentes
Estatuto de los Trabajadores: artículos 49.1.c, 53, 56 y disposición transitoria undécima; Ley del IRPF, artículo 7.e. Los resultados son orientativos: tu convenio puede mejorar estas cantidades y un juez puede valorar circunstancias particulares.